Un plan de fiscalización con despliegue en todo Chile efectuó la Dirección del Trabajo durante los días 18 y 19 de septiembre para asegurar el correcto cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable para el comercio.
El programa generó 267 fiscalizaciones, de las cuales 105 terminaron con multas y con 213 trabajadores/as suspendidos de sus labores y enviados de regreso a sus hogares, debido a la imposibilidad legal que existe para pactar incentivos para trabajar durante estos días.
En el Maule, ante diversas denuncias en comunas como Linares y Yerbas Buenas, tanto la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba y el Director Regional del Trabajo, Félix Fuentes hicieron una visita de inspección al sector comercio. 11 empresas fueron multadas.
“Este plan de fiscalización buscó cautelar que el feriado irrenunciable y obligatorio sea respetado tanto por los trabajadores como por los empleadores, por eso las multas que contempla la legislación son altas y se aplican por cada trabajador/a presente. La idea es que estos días también puedan ser disfrutados por quienes se desempeñan en el comercio», aseguró la Seremi del Trabajo, Maribel Torrealba
El monto total a raíz de las multas cursadas fue de $103.974.784 a nivel nacional. Y la región con un mayor monto en multas fue el Maule con $22.831.198. A su vez, en la región hubo 18 trabajadores/as suspendidos porque las empresas incumplieron la normativa de cerrar sus puertas.
“Como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por intermedio de la dirección del trabajo, hacemos respetar la normativa del 18 y 19 de septiembre con sus feriados irrenunciables, para que ningún trabajador sufra vulneraciones en sus derechos y que se les respete su descanso con sus familias.
Queremos reafirmar como Ministerio nuestro compromiso con las y los trabajadores, que sepan que ante cada denuncia ahí estaremos en terreno, para que no se sientan solos cuando se vean afectados por empleadores que no respetan las normativas del país.
El primer foco de la fiscalización fue el cierre del comercio no habilitado durante estos días, mientras que el segundo fue revisar el descanso alternado de aquellos trabajadores/as a los que, estando contratados por el mismo empleador/a que el año pasado, les correspondía descansar este año.
Durante la fiscalización del descanso alternado cada dos años (de los trabajadores exceptuados de estos feriados) es responsabilidad del empleador demostrar documentalmente que los trabajadores que están laborando en este año sí descansaron en estos mismos feriados en 2022.
El feriado comenzó a las 21.00 horas del día 17 de septiembre y terminó a las 06:00 de esta mañana del 20 de septiembre.
Las infracciones por no cumplir con el feriado obligatorio e irrenunciable y el descanso alternado son sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($317.260 a septiembre de 2023) hasta 20 UTM ($1.269.040 a septiembre de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).