El ministerio de Agricultura tras constatar la proliferación de proyectos de loteos en áreas rurales que vulneran la normativa vigente, simulando que continúan el destino agrícola del predio cuando en realidad cambian a destino habitacional, decidió adoptar medidas urgentes y efectivas.
De este modo, el ministerio de Agricultura, en conjunto con el ministerio de Vivienda y Urbanismo, efectuaron un detallado análisis de la normativa vigente a fin de determinar el real sentido de ésta y su correcta aplicación.
Así, y con el objetivo de preservar el suelo rural para fines agrícolas y de evitar los efectos de un desarrollo inmobiliario al margen de la planificación territorial, el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela instruyó al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), en orden de suspender la tramitación de toda solicitud de certificación de proyectos de subdivisión de predios rústicos en aquellos casos en que se advierta que el proyecto como tal pudiera involucrar un eventual cambio de destino de los lotes resultantes hacia aquellos no permitidos por la normativa.
Esto se ha determinado porque esta práctica ha implicado un deterioro de los sistemas agroproductivos y del equilibrio ecológico donde se desarrollan, amenazando la sustentabilidad local, como, por ejemplo, a propósito de la sobredemanda de sistemas de Agua Potable Rural (APR), del aumento de concentración de residuos domiciliarios que demandan nuevos servicios de recolección y de la presión para desarrollar nueva infraestructura energética y vial, entre otros aspectos.
El Ministerio espera, con esta medida, resolver, al tenor del espíritu de la ley, las solicitudes que actualmente se encuentran en trámite y, por otra parte, desincentivar nuevas presentaciones de proyectos que abiertamente tengan una finalidad no permitida por la normativa.
Con todo, tanto el Ministerio de Agricultura como el Ministerio de Vivienda y Urbanismo están resueltos a poner término a la proliferación de proyectos con claros fines inmobiliarios en el área rural, al margen de la normativa, que no solo afectan negativamente el entorno en el que se desarrollan, sino que además inducen a los futuros adquirentes o compradores de predios rústicos a involucrarse en situaciones irregulares cuando el objeto de la adquisición del terreno tiene propósito habitacional sin mediar la intención objetiva de hacer agricultura en el predio.